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Nuevo Certificado Único Habilitante para Circulación

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Publicado: 30 / 03 /2020

Nuevo Certificado Único Habilitante para Circulación

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El Gobierno nacional puso en marcha desde este domingo el Certificado Único Habilitante para Circulación que habilita a transitar por todo el país a aquellas personas exceptuadas en el artículo 6 del Decreto Presidencial 297/20.

El certificado tendrá carácter de declaración jurada para los aplicantes, por lo que el eventual falseamiento de datos dará lugar a sanciones que resulten aplicables según la normativa vigente. Será el único permiso válido para transitar por la calle y reemplazará al emitido por la Ciudad de Buenos Aires que, para evitar la saturación del sistema, podrá utilizarse hasta el miércoles 1 de abril.

De acuerdo a lo establecido en la Resolución 48/2020 del Ministerio del Interior, para validarlo hay que ingresar a la plataforma Trámites a Distancia (TAD) cliqueando aquí. Una vez validados los datos, se emitirá el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID19, que tendrá vigencia por el plazo de siete días corridos y podrá ser renovable. Esta constancia deberá ser exhibida a requerimiento de la autoridad competente al momento de circular por la vía pública junto con el Documento Nacional de Identidad.

Quedarán exceptuados de la obligación de tramitar el certificado quienes deban desplazarse por razones de fuerza mayor, por lo que en este caso deberán acreditar la excepción al aislamiento social, preventivo y obligatorio con documentación fehaciente que compruebe los motivos de su circulación por la vía pública.






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