Pompeya
Kian, de tan sólo 2 años, debió ser internado de urgencia en un centro de salud luego de que un corte en el suministro eléctrico impidiera el funcionamiento de la bomba de infusión mediante la que se alimenta y recibe medicación.
Kian Tehuen fue derivado al Hospital Español por orden de su médica de cabecera ante el peligro que significaba no permanecer conectado a su aparato de asistencia médica mecánica. La electricidad se había cortado en la mañana en el barrio de Nueva Pompeya y, al ver pasar las horas, la madre del pequeño decidió pedir ayuda.
«Cada media hora fui llamando a la empresa distribuidora de energía y me decían que se iban a comunicar conmigo para enviarme un grupo electrógeno», contó a Crónica, Carolina, mamá del pequeño. Sucede que Carolina no había informado respecto de la condición de su hijo, de manera que le indicaron que debía comunicarse con el Ente Nacional Regulador de Electricidad que le notificó, por su parte, que debía acudir al Ministerio de Salud de la Nación.
«Sentí que se pasaban la pelota de un lado a otro, mientras mi hijo sufría en un hospital porque nadie se encargó de llevarle un grupo electrógeno», contó angustiada la joven madre.
El cuadro aún se agravó más cuando el pequeño Kian contrajo un virus intrahospitalario que afectó sus vías respiratorias y su corazón. En efecto, el niño debió ser intervenido quirúrgicamente para colocarle un catéter. En las últimas horas su cuadro presentó una mejoría, pero permanecerá internado en estado de observación.
Lo cierto es que la salud de Kian es muy delicada. El niño necesita estar conectado a la bomba de infusión de forma permanente. Y es que, padece parálisis cerebral, displaxia pulmonar y reflujo severo entre otras patologías. Por ello requiere de asistencia permanente y una falla en el corte de suministro de energía implica para él riesgo de vida.
«No es la primera vez que pasamos por esto… en esta oportunidad la pasamos muy mal», reflexiona la madre del niño. La ley 27.351 entró en vigencia el 26 de mayo del año pasado. Conocida como la Ley de Electrodependientes, establece que es el Ministerio de Salud de la Nación quien otorga esta condición de electrodependencia.
A partir de ello, se establece la gratuidad del servicio bonificándose no sólo los gastos fijos, si no también, los variables y hasta de forma retroactiva a la fecha de entrada en vigencia de la ley. La normativa, además, obliga a las empresas distribuidoras del servicio a la entrega de fuentes alternativas de energía -grupos electrógenos- a aquellos incluidos en el registro.