En 2010 el ODH había presentado un amparo para frenar su uso. Esta medida había logrado fallos judiciales favorables en primera y segunda instancia.
Nos enteramos por los medios de la decisión del TSJ de la Ciudad que revoca estos fallos, permitiendo la utilización de las neopicanas Taser por parte de la Policía Metropolitana.
La resolución judicial restringe el acceso a la Justicia para evitar inmiscuirse en las pruebas del expediente: El Comité Contra la Tortura de la ONU y otros organismos internacionales como Amnistía Internacional desaprobaron el uso de las armas tipo Taser, afirmando que este tipo de armas lesiona derechos como la vida, la integridad física y la salud de las personas. La propia Policía Metropolitana reconoce la lesión a la integridad física y a la salud que provoca el arma. También reconoce la ausencia de protocolo; diferentes fuerzas nacionales de seguridad recomiendan la no utilización o informan que no poseen esta arma; entre otras pruebas contundentes.
Lo que se demuestra en el expediente y no es rebatido por el TSJ -con la honrosa excepción de la Dra. Alicia Ruiz que vota en disidencia- es que el uso de armas Taser por parte de las fuerzas de seguridad del Gobierno local constituye una forma de tortura y vulnera de este modo los artículos 2 y 16 de la Convención de Naciones Unidas contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y los derechos a la vida, integridad física y salud consagrados en Tratados Internacionales con jerarquía constitucional y en la Constitución Nacional y Local.
La acción fue iniciada en 2010 por este Observatorio, mediante un amparo presentado con la firma de Carlos Pisoni contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con el objeto de que “se impida la utilización de las armas denominadas no letales Taser X26, por parte de las fuerzas de seguridad del gobierno local, por consistir las mismas un elemento de tortura”.
Los jueces Luis Francisco Lozano, Inés M. Weinberg, Ana María Conde y José Osvaldo Casás coincidieron en que el accionante “carece de legitimación para cuestionar la validez de las resoluciones”.
Esta pretendida carencia de legitimidad de Carlos Pisoni, integrante del ODH, en su carácter de ciudadano está expresamente ratificada por el artículo 14 Constitución de la CABA que le otorga legitimación para ejercer la acción de amparo a “cualquier habitante”, con el fin de proteger la vida, la integridad física y la salud de todas las personas que se encuentran en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, en tanto pueden ser pasibles del accionar de las fuerzas de seguridad de la Ciudad, en lo que se refiere a las llamadas “armas no letales Taser x26”.
Se ha demostrado que la acción administrativa es violatoria de la Constitución y de las leyes de la Ciudad, puesto que la inminente adquisición de las armas, contraría lo dispuesto por el Comité contra la Tortura, el art. 34 de la CCABA (entre otros) y lo dispuesto en el art. 28 inc. b) de la Ley 2894.
Cabe recordar que el artículo 14 de la CCABA habilita la acción de amparo para aquellos casos en que exista una lesión, restricción, alteración o amenaza, actual o inminente a un derecho humano. De tal modo, el TSJ -particularmente el voto del Dr. Lozano- solo se limita a evocar el daño o perjuicio concreto o actual como vía para que proceda el amparo, esperando que haya un muerto o un torturado para poder acceder a la Justicia. Esta interpretación modifica, de modo inconcebible y por su propia voluntad, la letra de la Constitución. Los argumentos vertidos sobre la legitimación activa son inconsistentes y falaces.
La Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad al confirmar el fallo de primera instancia que había prohibido el uso de las neopicanas Taser X 26 sentenció que “cabe inferir que en un estado democrático, aún la mera sospecha de que el empleo de un arma, por parte de las fuerzas de seguridad, pueda derivar en una acción cruel, inhumana y degradante para la condición humana, impone extremar los medios de prueba tendientes a desvirtuarlo.”
Lamentablemente, el TSJ borra por decisión política, antes que por argumentos judiciales, un fallo histórico, coherente con el proceso de Memoria, Verdad y Justicia que hace a la argentina ejemplo en el mundo.
El Poder Judicial avala, con esta decisión, al Jefe de Gobierno, quien intentó llevar a cabo la fundación de una fuerza de seguridad al servicio de la represión y la tortura, a contramano de la Historia reciente de nuestro país y de lo receptado por la ley de Seguridad Pública y la Constitución de la Ciudad.
Una vez notificados formalmente del fallo, interpondremos un Recurso Extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El miércoles pasado el gobierno porteño inauguró el Centro de Trasbordo de Av. Sáenz en el barrio de Nueva Pompeya con bombos y platillos, como demostración de la gestión del actual jefe de gabinete de CABA y el precandidato Horacio Rodríguez Larreta.
Sin embargo, las obras en Pompeya se hacen y deshacen. La realidad nos muestra que la gestión PRO está lejos de ser lo que nos venden en carteles amarillos y la publicidad en la que invierten millones. Para los vecinos de Pompeya caminar por el barrio se ha vuelto casi imposible.
En agosto de 2014 se terminó el trayecto de Av. Sáenz entre Del Barco Centenera y Av. La Plata del Corredor Metrobús, en el que se gastaron 6 millones de pesos y que fueron demolidos para dar paso a otro negociado de 40 millones de pesos que costó el nuevo Centro de Trasbordo que aun no sabremos qué efectividad tiene.
Quienes vivimos en la zona seguimos rodeados de un caos de tránsito inexplicable, con zonas y paradas sin luz y y con las complicaciones de tener decenas de líneas de colectivos que no tienen espacio para trasladarse. Denunciamos además que para llevar adelante esta obra se desalojaron cientos de puesteros que día a día trabajaban sobre las pequeñas veredas de Sáenz, que se ganan la vida vendiendo en un espacio donde circulan más de trescientas mil personas por día. Trabajadores que suelen ser perseguidos y desalojados por la policía metropolitana.
“En un barrio donde pasan más de 20 líneas de colectivo y 350 mil personas circulan a diario es absurdo hacer obras que duren meses y se superpongan con otras. Macri ha colocado carteles inmensos haciendo alarde de su gestión pero no ha dado ninguna solución a los millones que se trasladan todos los días a la Ciudad. Nos quieren mostrar una Ciudad paradisíaca como parte de la campaña presidencial de Macri. La realidad está bastante alejada de eso”, afirmó Carina López Monja, referente de Pueblo en Marcha y candidata a legisladora porteña.