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La Legislatura de la ciudad de Buenos Aires sancionó una modificación a la ley que establece la verificación técnica vehicular en la Ciudad de Buenos Aires (Ley 2265, Ley 5666) para evitar la doble imposición de los automotores radicados en el ámbito porteño pero con registros de uso o leasing en el interior del país.
Se incorporó a la norma, como artículo 2 bis, el siguiente texto: «Guarda habitual y Leasing. Los vehículos radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con guarda habitual a más de 200 kilómetros, debidamente inscripta en la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor (…) podrán realizar la verificación técnica vehicular que rige en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o la que se efectuare en la jurisdicción de la guarda referida, a opción del titular».
También se estipuló que «aquellos vehículos afectados por contrato de leasing debidamente anotados (…), con guarda habitual a más de doscientos 200 kilómetros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, podrán realizar la verificación técnica vehicular que rige en esta Ciudad o la que correspondiera en donde tiene la guarda denunciada, a opción del tomador.»
Lo aprobado por los legisladores tenía previo despacho conjunto de las comisiones de Tránsito y Transporte, que preside Claudio Palmeyro (SP), y de Obras y Servicios Públicos, dirigida por Cristina García (PRO), quien hizo de miembro informante. Hubo disidencias parciales de los diputados Javier Andrade (FPV), Diego García Vilas (CP) y Palmeyro (SP), quien presentó un despacho de minoría. Todos esos legisladores requerían que este tratamiento sobre la VTV tuviera reciprocidad de parte de las otras jurisdicciones.
Por lo tanto, a propuesta de Palmeyro en el recinto, se votó afirmativamente un agregado al artículo 1 que dice lo siguiente: «Vehículos que se encuentren radicados en extraña jurisdicción y tengan su guarda habitual en la ciudad de Buenos Aires, debidamente inscripta ante la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor, pueden efectuar la verificación técnica vehicular en esta Ciudad».
La ley fue sancionada por la unanimidad de los 55 diputados presentes en la sesión.
De acuerdo a la normativa vigente, los vehículos automotores de uso particular que se radiquen en la CABA deben realizar su primera VTV durante el cuarto año de antigüedad, en el mes que le corresponda, o antes si el vehículo superó los 60.000 kilómetros de recorrido.
En otros distritos los plazos son diferentes. Por ejemplo, en la Provincia de Buenos Aires, la VTV debe realizarse después de que el automotor cumplió dos años de adquirido por primera vez.