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Antes del comienzo del año legislativo, se integraron las comisiones permanentes y las dos juntas que funcionan en el ámbito de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El listado de legisladores que conforman cada comisión o junta fue institucionalizado mediante el decreto 1/2018 de la Legislatura porteña, firmado por su vicepresidente primero, diputado Francisco Quintana, y refrendado por el secretario parlamentario, Carlos Serafín Pérez.
En la última sesión ordinaria del año pasado, el cuerpo parlamentario aprobó una resolución (N° 391/17) que facultó a la Vicepresidencia primera «a conformar Ia integración de las comisiones de asesoramiento permanente, especiales y juntas de Ia Legislatura de Ia Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a propuesta de los distintos bloques que Ia componen».
El artículo 136 del reglamento interno de la Legislatura, a su vez, estipula que las designaciones de miembros y autoridades de las comisiones y juntas «debe hacerse, en lo posible, respetando la proporción en que los sectores políticos están representados en el seno de la Legislatura y la diversidad de género».
«Las comisiones y las juntas deben instalarse inmediatamente de nombradas y elegir a pluralidad de votos, de entre sus miembros, una presidenta o un presidente, una vicepresidenta 1ª o un vicepresidente 1º y una vicepresidenta 2ª o un vicepresidente 2º, cuando correspondiera, que conforman su mesa directiva», estipula por su parte el artículo 139 del reglamento.